Ley declara de prioridad e interés nacional la construcción de carreteras en zonas de frontera y el mantenimiento de trochas carrozables en el departamento de Ucayali
El lunes 22 de enero de 2018, tras no haber sido promulgada por el Presidente de la República en el plazo previsto, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la Ley 30723, cuyo único artículo señala “Declárase de prioridad e interés nacional la construcción de carreteras en zonas de frontera y el mantenimiento de trochas carrozables en el departamento de Ucayali, bajo el irrestricto respeto a las áreas naturales protegidas y los pueblos indígenas que lo habitan”.
Efectos de las carreteras en la Amazonía
La ley 30723 surge de la iniciativa del Congresista de Fuerza Popular Glider Ushñahua (4 de abril de 2017) que planteó que la región Ucayali carece de desarrollo debido a la ausencia de vías de comunicación, como carreteras, que integrarían a los diversos distritos hasta las zonas de frontera y abrirían un comercio sostenido nacional e internacional, que conllevaría el bienestar de su población.
Sin embargo, históricamente, está demostrado que, debido a sus particulares características ambientales y sociales, la construcción de vías terrestres en la Amazonía no suele ser costo eficiente, ni efectiva para promover un genuino desarrollo local. En cambio, suele acarrear una serie de impactos sociales y ambientales irreversibles, que incluyen; la deforestación, erosión de suelos, caza y pesca ilegal, invasiones y tráfico de tierras, actividades ilegales, desplazamiento de poblaciones y consecuentes conflictos – e incluso y lo más grave, la puesta en peligro de pueblos indígenas en aislamiento y contacto inicial (PIACI)-, altamente vulnerables.
Conectividad debe ser sostenible
Sin duda, el desarrollo de la población de Ucayali debe ser una prioridad para todos los peruanos, no sólo para sus ciudadanos. No obstante, para ello, se debe tomar en cuenta que la región se caracteriza por contar con una alta diversidad natural y cultural. Alberga 3 Parques Nacionales y 2 Reservas Comunales y cuenta con 3 Reservas Indígenas creadas exclusivamente para la protección de grupos PIACI altamente vulnerables: Murunahua, Isconahua y Mashco Piro, que transitan por estos espacios, que son parte de sus últimos refugios.
En este escenario, resulta preocupante que a lo largo del proceso de promulgación de la Ley en referencia, no se haya dado cabida a un profundo análisis económico, ambiental y sobre todo de las implicancias sociales que una norma de esta naturaleza acarrea, y menos aún se hayan tomado en cuenta las alertas y recomendaciones de sectores política y técnicamente pertinentes como el Ministerio de Cultura, el Ministerio del Ambiente y el Ministerio de Agricultura y Riego, lo cual permitiría plantear una visión de desarrollo regional con un enfoque de sostenibilidad y respeto por los derechos humanos de los PIACI.
Por un desarrollo con irrestricto respeto de derechos
En ese sentido, WWF no sólo expresa su preocupación por la publicación de la Ley Nº 30723 sino que hace un llamado a los distintos actores del Estado a fin de que esta norma sea revisada y analizada exhaustivamente respecto de sus implicancias, tomando como premisa los marcos normativos nacionales e internacionales. Sobre todo, en lo referente al respeto de los derechos fundamentales de los PIACI. Por último, invocamos a debatir y plantear alternativas viables que conlleven a un desarrollo genuinamente sostenible para la región Ucayali.
Foto: © André Bärtschi / WWF
Resource: WWF-Perú